lunes, 28 de junio de 2010

La Cámara laboral declaró como remunerativo al pago del "bonus" anual

La Cámara Nacional del Trabajo falló a favor de un empleado que había solicitado que los “bonus” integren la indemnización por despido, a pesar de que el plenario Tulosai los excluyó. La sala VII sostuvo que las bonificaciones, para quedar comprendidas en el plenario, debieron responder a un sistema de evaluación del desempeño del trabajador, además de descartarse la existencia de fraude. El pago debe responder a una evaluación del desempeño para no formar parte del resarcimiento por despido sin causa.

Respecto de los “bonus”, dicho rubro se pacta como prestación por el trabajo llevado a cabo, de manera tal que no se puede excluir del concepto de remuneración. No puede tampoco excluírselos de la indemnización por antigüedad por más que se efectivicen de manera anual, en razón de que la ley habla de la mejor remuneración “devengada” y no efectivizada, y los bonus se van devengando a lo largo de la relación y no aparecen automáticamente ese día del año en que se pagan.

“Los bonus no pueden ser un medio de fraude para cuando ocurra el despido, sino que, por el contrario, se trata de un rubro remuneratorio, sujeto a todos los avatares propios de las sumas remuneratorias. No se puede afirmar que lo que se utiliza como medio para remunerar al trabajador, es no remuneratorio, porque ello vulnera el principio de identidad”, agregó la camarista Estela Ferreirós en el voto de mayoría.

“Las bonificaciones, para quedar comprendidas en el plenario Tulosai debieron responder a un sistema de evaluación del desempeño del trabajador, además de descartarse la existencia de fraude”, dijo Ferreirós.

“Mas aún, si se debiera el pago a un cumplimiento de determinados objetivos, hubiera sido necesario conocer dichos objetivo y su cumplimiento. Como consecuencia de ello, las sumas abonadas al actor no quedan aprehendidas por la decisión impuesta por el plenario Tulosai y deben considerarse a los efectos de conformar la base” de la indemnización por antigüedad.

“Por todo ello, la base indemnizatoria que corresponde tomar debe incluir también el monto del bonus devengado mensualmente en forma proporcional”, concluyó la camarista.

Néstor Rodríguez Brunengo, el otro integrante de la sala, dijo que “sería muy cómodo para quien, basado en este mecanismo de “reforzar” los salarios de sus dependientes de mayor jerarquía (normalmente los destinatarios de tales beneficios), mediante una simple operación de diferir ciertos pagos de gran parte de la remuneración, en forma semestral o anual y esquivar así la inclusión de dichas sumas para determinar el SAC.”

jueves, 24 de junio de 2010

Se firmó un incremento del 29%

“Se firmó un incremento del 29%, lo que equivale a unos $800”, aseguró a iProfesional.com, el secretario general del gremio, Armando Cavalieri.

El dirigente sindical explicó que el incremento es del 27%, pero al ser acumulativo se transforma, de hecho, en un 29% y el salario de convenio más las sumas no remunerativas pasa de $2.100 a “más de $3.000”. La información fue confirmada también por la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

El acuerdo salarial que beneficiará a un millón de trabajadores será retroactivo al 1 de mayo y regirá hasta abril de 2011. Asimismo, será dividido en tres cuotas a ser abonadas en mayo (15%), septiembre (7%) y diciembre (5 por ciento).
Por otra parte, a los básicos de convenio se le sumarán los $75 mensuales que los trabajadores percibieron entre enero y abril por un total de 300 pesos.

Sobre esa suma conformada y otros montos no remunerativos, se aplicará ahora el aumento, por lo que “el porcentaje final será grande”, señaló Cavalieri.

Aunque la mejora es no remunerativa, tiene efectos sobre todos los adicionales de convenio y como, por ejemplo, licencia por maternidad, aguinaldo, horas extras, vacaciones anuales devengadas y enfermedades inculpables.

No obstante, el incremento será incorporado a los básicos del convenio de actividad a partir del mes de julio de 2011, en cinco cuotas iguales, mensuales y consecutivas, operándose la definitiva incorporación en noviembre de dicho año.

Tal cual lo había adelantado iProfesional.com, la suba se computará sobre el salario de convenio de cada categoría y sobre los suplementos y/o adicionales fijos permanentes hasta un tope de 900 pesos.

“Si tengo un sueldo convencional de $2.200 y gano además $900 adicionales, eso entra en el cálculo del aumento”, explicó.

Además, las cámaras y el gremio acordaron que las sumas no remunerativas de los últimos años se vayan incorporando a partir de julio de este año al básico.

“Se va a ir incorporando por mes un 8,33% (de las sumas no remunerativas) y para nosotros se agregan 66 pesos del aporte que le corresponden al trabajador”, apuntó Cavalieri.

En este sentido, el gremio otorgó a los empresarios "un plazo de 15 días para que abonen las sumas que adeudan desde mayo" último.

Cavalieri y los líderes de las cámaras rubricaron este miércoles por la tarde el acuerdo en el ministerio de Trabajo ante el ministro Carlos Tomada y el jefe de Gabinete laboral, Norberto Ciaravino.

Por la parte empresaria firmaron los representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), CAME y la Unión de Entidades Empresarias (UDECA).